La Justicia ordenó al Gobierno de Javier Milei devolver la coparticipación a la provincia de Chubut. Crece la tensión con los gobernadores. El presidente recurrirá al “per saltum” para que intervenga la Corte Suprema.
En medio de la pelea del presidente Javier Milei con los gobernadores y tras la amenaza del gobernador de Chubut, Ignacio Torres, de cortar el suministro de gas y petróleo, la Justicia falló a favor de esa provincia. Esa medida, quedó cancelada.
El juez federal de Rawson le dio la razón al recurso presentado por el mandatario chubutense. Ahora, la Nación deberá enviar los recursos económicos de coparticipación que había cortado argumentando una deuda de la administración patagónica.
Se trata de los 13.500 millones de pesos que el Estado nacional había retenido ante un reclamo de la deuda de Chubut a la Nación. El fallo de Sastre ordenó el «cese de la retención que -en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial- la demandada viene realizando sobre las sumas que ha de percibir aquella en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos; ello, hasta tanto se concrete la refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio financiero en curso».
En contrapartida, Javier Milei ordenó al equipo legal de la Casa Rosada a pedir un per saltum a la Corte Suprema de Justicia o eventualmente plantear la incompetencia y recusación del juez que favoreció a la provincia de Chubut en la disputa por fondos coparticipables que le había arrebatado la Nación.
El presidente encomendó a la Secretaría Legal y Técnica a cargo de Javier Herrera Bravo a responder de inmediato el fallo adverso al gobierno que pide devolver al gobernador chubutense Ignacio Torres los 13.500 millones de pesos que la Nación le quitó como cuenta de coparticipación por una deuda que tenía esa provincia con el gobierno central.
Se trata de los 13.500 millones de pesos que el Estado nacional había retenido ante un reclamo de la deuda de Chubut a la Nación. El fallo de Sastre ordenó el «cese de la retención que -en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial- la demandada viene realizando sobre las sumas que ha de percibir aquella en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos; ello, hasta tanto se concrete la refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio financiero en curso».