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sábado 27 abril, 2024
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La Junta Electoral le puso fin a la “Ley de Paridad”

La Junta Electoral le puso fin a la “Ley de Paridad”

Las fuerzas electorales que participaron de una interna en las Primarias debieron disponer de la ley de Paridad para armar sus listas, pero el conflicto se desató cuando esos espacios debieron fusionar sus nóminas teniendo en cuenta no sólo el sistema D’Hont sino también de alternancia entre sexos.

Así, la Junta Electoral definió dar marcha atrás con la ley de Paridad sancionada durante el año pasado y evitar conflictos entre las listas de una misma fuerza política. Mediante la Resolución 114 dispuso que “los casos de asociaciones políticas o alianzas en cuyas elecciones primarias hayan participado más de una lista, independientemente de la categoría que se trate, sería en muchas de ellas imposible materialmente integrar las listas mayoritarias y minoritarias, de corresponder, con una plena alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios sin alterar la voluntad popular”.

En esa línea resolvió que “las listas de candidatos para las elecciones generales de una misma alianza que deban ser integradas entre dos o más listas que participaron de las PASO, deberán ser presentadas sin alterar el orden previsto en las listas de candidatos que participaron en las elecciones primarias al momento de hacer la integración”.

“Es posible que no se cumpla la alternancia y secuencialidad en la totalidad de la lista para las elecciones generales, pero si se cumpliría en la gran mayoría de la lista, es decir se repetiría excepcionalmente el género en toda la lista una o a lo sumo dos veces, pero se seguiría manteniendo el respeto por el cupo como regla”, dictaminaron en una sorpresiva Resolución.

Sin embargo, hicieron cargo al Ejecutivo provincial por no reglamentar la ley y no fijar escenarios como el que se dio en estas PASO, “dicha norma que deberá aplicarse para conformar las listas para las próximas elecciones generales”.

Pasando en limpio, en la lista que debe presentarse el próximo sábado, están en libertad de presentar sus listas con variantes en la cuarta nómina de candidatos, sin respetar la seguidilla de sexos, lo que correspondería: hombre, mujer; hombre y en el cuarto espacio podrá repetir el sexo de la tercera ubicación.

 

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