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miércoles 8 mayo, 2024
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La Justicia Electoral porteña habilitó la precandidatura de Jorge Macri para las PASO

La Justicia Electoral porteña habilitó la precandidatura de Jorge Macri para las PASO

El Tribunal de la Ciudad rechazó las impugnaciones presentadas por dirigentes porteños, ya que consideró que el ex intendente de Vicente López cumple con los requisitos legales vinculados al domicilio.

El pasado lunes, el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires habilitó la precandidatura de Jorge Macri para poder ser elegido como jefe de Gobierno porteño por Juntos por el Cambio dentro de la interna con Martín Lousteau. Los jueces consideraron que cumple con los requisitos legales por lo que rechazó las impugnaciones que cuestionaban su postulación y ponían en duda las condiciones de domicilio y residencia para participar en las PASO.

La resolución, que fue firmada por los jueces Roberto Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici, estableció que Macri, actual ministro de Gobierno porteño, «cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de Jefe de Gobierno».

Este artículo indica que «para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección; y no encontrarse comprendido en algunas de las inhabilidades e incompatibilidades previstas para los legisladores».

Por lo tanto, el Tribunal Electoral, recientemente conformado, desestimó las tres impugnaciones a la precandidatura del primo de Mauricio Macri presentadas la semana pasada por Vanisa Biasi, del Partido Obrero; Eugenio «Nito» Artaza y Juan Pablo Chiesa, de Aptitud Renovadora, tras el cierre de listas del 24 de junio.

En el caso de Biasi, observó que Macri no satisfacía «las exigencias contempladas en la norma constitucional en la medida en que nació en la ciudad de Tandil» y señaló que «fue electo intendente de Vicente López, en 2011, 2015 y 2019, cuando manifestó dar cumplimiento con el requisito de residencia de un año en el distrito».

En su resolución de 14 páginas, el Tribunal Electoral desplegó una extensa argumentación en la que distinguió conceptos como lugar de nacimiento, domicilio y residencia, entre otras cuestiones.

«La pretensión de la parte actora de exigir a los candidatos a Jefe de Gobierno que acrediten una residencia de cinco años ‘inmediata’ a la elección, implica una lectura que se aparta de la clara letra de la Constitución local que, en su artículo 97, exige específicamente la demostración de una residencia en la Ciudad caracterizada como ‘habitual’ y ‘permanente», indicaron los magistrados porteños.

En la resolución, subrayaron que «las constancias» presentadas por los abogados de Macri «permiten tener por probado que, entre los años 1987 y 1999, ejerció su derecho a sufragar en la Ciudad», mientras que precisaron que la Cámara Nacional Electoral consignó dos domicilios en distrito entre el 6 de octubre de 1981 y el 7 de abril de 2006.

Cabe destacar que la precandidatura de Jorge Macri ya había sido avalada por la Junta Electoral del PRO, partido por el cual se postula en la alianza Juntos por el Cambio, lo cual ahora es ratificado por el Tribunal Electoral.

No obstante, queda aún la instancia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño en caso de que haya una apelación de los dirigentes que cuestionan al precandidato. Además, trascendió en las últimas horas que la Corte Nacional le habría solicitado al procurador general Eduardo Casal que diera una opinión sobre si le correspondería intervenir en la disputa en caso de que se llegue a esa instancia.

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